Hoy se ha celebrado la sexta reunión de negociación del procedimiento de despido colectivo (ERE) en Atos Major Events, UGT y RSTIC han llegado a un acuerdo.
Los días 27 y 28 de mayo se han celebrado las dos últimas reuniones del procedimiento de despido colectivo (ERE). Ambas fueron especialmente tensas y prolongadas.
Durante estos días, UGT se ha centrado en reducir el número de personas afectadas por este procedimiento, abordándolo de forma general, sin focalizar en un colectivo determinado, pensando siempre en la totalidad de la plantilla afectada. Este era para nosotros el principal objetivo. La reducción de personas afectadas ha sido una negociación compleja y exigente, ya que la empresa se ha mostrado muy reticente a efectuarla, y prácticamente se ha ido disminuyendo uno a uno el número. En un principio, la medida propuesta por la empresa afectaba a 67 personas, y la cifra final ha sido de 52, lo que supone una rebaja de 15 personas; es decir, un 22,38 % menos.
El despido colectivo no es una forma de abaratar masa salarial
Otro de los puntos fundamentales para UGT es que la empresa no utilice este despido colectivo como una forma de abaratar la masa salarial, prescindiendo de parte de la plantilla con experiencia demostrada y sustituyéndola por personas con menor sueldo. Para ello, hemos solicitado la creación de una bolsa de trabajo en Atos MEV con una duración de 18 meses desde el momento de adscripción. En ella, las personas afectadas por el ERE podrán subscribirse de forma voluntaria y deberán ser llamadas si surge una necesidad de contratación en puestos similares a los que ocupaban en la empresa.
La empresa ha accedido a la incorporación de un periodo de adscripción voluntaria, cuya aceptación final quedará sujeta a la decisión de la empresa.
La indemnización ha sido otro punto de dura negociación, ya que la propuesta inicial de la empresa era de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Los avances en este aspecto han sido lentos, negociando tanto por la subida de los días de indemnización como por el número de mensualidades.
El acuerdo alcanzado finalmente por UGT y RSTIC contempla una indemnización de 28 días por año trabajado, con un máximo de 18 mensualidades.
Además, como complemento a esta indemnización, se ha conseguido una compensación adicional para aquellos trabajadores cuya fecha de contratación sea anterior a la entrada en vigor de la Reforma Laboral (RL), el 11 de febrero de 2012. Este plus se justifica porque, en ese periodo, la indemnización por despido improcedente era de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades. Por tanto, la diferencia entre esta indemnización y la conseguida para los afectados del ERE suponía una gran merma. En este punto, UGT solicitó un complemento adicional para las personas que se encuentren en este tramo.
RSTIC, por su parte, propuso que la indemnización adicional fuera la resultante de aplicar la siguiente fórmula:
((SALARIO_DIARIOAÑOS_DESDE_ANTIGÜEDAD_RECONOCIDA_HASTA_11/02/2012)45)*0,1
Finalmente, la empresa ha optado por aceptar la propuesta conjunta de UGT y RSTIC.
UGT, durante toda la negociación, y una vez comprobadas las causas alegadas como motivación de este ERE, ha luchado por mejorar las condiciones de las extinciones contractuales que se van a producir. Se ha llevado la negociación hasta el punto en que ambas partes rozaban sus líneas rojas, y en ese límite se ha alcanzado un acuerdo que ambas consideramos satisfactorio.
Hemos conseguido que la empresa acepte la propuesta presentada por UGT y RSTIC, previamente detallada, en la que se han logrado mejoras sustanciales respecto a la postura inicial de la compañía. Entre estas mejoras destacan: el aumento tanto en los días de indemnización como en el número máximo de mensualidades; una compensación adicional para los trabajadores con contrato anterior a la entrada en vigor de la Reforma Laboral; la creación de una bolsa de trabajo específica para las personas afectadas; y, especialmente, la incorporación de un periodo de adscripción voluntaria, cuya aceptación final quedará sujeta a la decisión de la empresa.
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