Ayer nos citamos en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) con varias de las sociedades del Grupo Konecta para tratar la “legalidad” de una de las cláusulas que aparecen en los contratos que firman las personas trabajadoras.

El Grupo Konecta, poseedor, dueño y señor de: CASTILIAN ENTERPRISE UNION, S.A.U., TELEMARK SPAIN, S.L.U., B12 ONLINE ASV S.L., KONECTA AST, S.L., ROCKET HALL S.L.U. y AST MEDIACIÓN AG. SEGUROS EXCLUSIVA, incluye en sus contratos de trabajo la siguiente cláusula:

“Extinción contractual: Ambas partes, al amparo de lo dispuesto en el artículo 49.1 b) del Estatuto de los Trabajadores y en virtud de la autonomía contractual (artículo 3.1 c) del Estatuto de los trabajadores, de mutuo acuerdo establecen como motivo válidamente consignado para la resolución del contrato el bajo rendimiento del trabajador. Concretamente, el contrato podrá ser extinguido por la empresa en el caso de que el trabajador, en dos meses consecutivos o en tres meses dentro de un periodo de cinco, no alcance el 75% de la media de la producción mensual conseguida por los trabajadores del servicio/departamento al que esté adscrito”.

Esta cláusula es abusiva y desde luego ilegal. Lo grave es que Konecta la tenía también en otras empresas y la eliminó, reconociendo su nulidad.

Parece ser que al Grupo Konecta le sobra el tiempo y nos lo quieren hacer perder al resto, por eso han seguido manteniendo esta cláusula en otras sociedades del grupo.

Reunida la parte social y empresarial, se llegó al siguiente acuerdo: Las empresas reconocen la nulidad de la cláusula de extinción automática vinculada al rendimiento mínimo, con independencia de la modalidad y/o duración de la jornada del contrato. En este sentido, se comprometen a la retirada de la siguiente cláusula que figura actualmente en el contrato, dejándola sin efecto con expresa comunicación en los contratos vigentes y a no incorporarla o incluirla en las futuras contrataciones.

Desde UGT felicitamos a las personas trabajadoras por el acuerdo y recriminamos a las empresas del Grupo Konecta que solo entiendan demandas y denuncias.