Como sabéis, con la firma del III Convenio de Contact Center, se alcanzó un nuevo derecho, para aquellas empresas que realizan (pactan) ampliaciones de jornada temporales, que se refleja en el artículo 27 del mismo, y que dice que en enero de cada año, con el requisito de haber estado ampliadas 110 jornadas, se sumen las ampliaciones y se divida entre 330…

PARA LA CONSOLIDAR LAS JORNADAS AMPLIADAS TEMPORALMENTE EN 2024:

–   Necesitas tener ampliados  110

–   Debes sumar las horas ampliadas entre el 01 de Enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.

–    No debes sumar las horas de ampliaciones entre esas fechas si estabas de vacaciones.

–   El resultado debes dividirlo entre 330.

– Se consolidará la media en el mes de enero de 2025