Para las sucursales que reducen el servicio de limpieza de 5 días a 3 días:

En primer lugar, se intentará recolocar al personal para mantener su jornada actual, pudiendo trasladar al personal a otros centros de la misma localidad o hasta un máximo de 5 km de la localidad donde prestaran sus servicios.

Pudiendo el trabajador aceptarlo o rechazarlo.

En segundo lugar, si no fuera posible la recolocación, la empresa indemnizará con 25 días por año de servicio con un tope de 12 mensualidades.

En tercer lugar, cuando la recolocación no fuera posible y las personas trabajadoras decidieran extinguir su relación laboral la indemnización será de 28 días por año de servicio con un tope de 12 mensualidades.

En cuarto lugar, cuando la recolocación pudiera causar algún perjuicio a aquellas personas que prestan servicios no solo a las sucursales afectadas sino también a otros clientes, podrán hacer uso de la extinción de su contrato con una indemnización de 20 días por año con un tope de 9 mensualidades.

En referencia a las sucursales que amplían el servicio de 3 a 5 días:

Se tendrá en cuenta las personas que en el apartado anterior se hayan visto afectadas por la reducción de la sucursal donde estuvieran adscritas, si coincidieran varias personas para cubrir una sucursal se tomaría como referencia la antigüedad en la empresa.

Gracias a la consecución de este acuerdo se posibilita la continuidad de las personas trabajadoras, para más información la sección sindical de UGT ISS está a vuestra disposición como siempre.