La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda presentada por el sindicato FIST contra la empresa Webhelp Spain Business Process Outsourcing —actualmente Concentrix— y contra las organizaciones sindicales que participaron en la negociación del Plan de Igualdad, entre ellas FeSMC-UGT.

La sentencia confirma que la constitución de la mesa negociadora en 2022 se ajustó plenamente a derecho, ya que se realizó conforme a la representatividad sindical existente en ese momento y con el aval de un acuerdo alcanzado en el SIMA.

El tribunal recuerda que la regla general es que la composición de una mesa negociadora se determina en el momento de su constitución, sin que deba modificarse por cambios electorales posteriores, salvo en circunstancias excepcionales que en este caso no concurren.

La Audiencia Nacional también subraya que la mesa funcionó de forma continuada, celebrando más de cuarenta reuniones, y culminó con la aprobación y registro del Plan de Igualdad en septiembre de 2025. Además, aclara que el hecho de que las negociaciones se prolonguen más allá del plazo de un año previsto en el artículo 4 del Real Decreto 901/2020 no implica la caducidad automática de la mesa, siempre que exista acuerdo entre las partes para prorrogar el proceso.

Con esta resolución, la Audiencia Nacional respalda la validez del procedimiento negociador y la legitimidad de las organizaciones sindicales participantes, entre ellas FeSMC-UGT, en la elaboración y aprobación del Plan de Igualdad en la empresa.

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