El Tribunal Supremo ha dado la razón a los sindicatos —entre ellos UGT— y ha confirmado que los permisos retribuidos del III Convenio del Contact Center no pueden disfrutarse en “días naturales”, porque esa fórmula reducía y vaciaba de contenido un derecho básico de las plantillas.
La sentencia, que confirma íntegramente el criterio de la Audiencia Nacional, declara nula la redacción del convenio en los permisos por hospitalización, accidente o enfermedad grave, así como en el permiso por fallecimiento de familiares, salvo en el caso muy concreto en que exista un desplazamiento igual o superior a 200 kilómetros. (Sentencia del Tribunal Supremo nº 1084/2025, de 13/11/2025; rec. 128/2024)
¿Qué significa esto para las personas trabajadoras?
Hasta ahora, el convenio obligaba a disfrutar estos permisos en días naturales. Esto suponía que, si la hospitalización o el fallecimiento ocurrían un viernes por la tarde, el permiso “corría” sábado y domingo, días en los que muchas personas trabajadoras no prestan servicio, perdiendo en la práctica la mayor parte del derecho.
El Supremo señala que estos permisos tienen una finalidad muy clara: permitir atender de forma inmediata una situación familiar urgente. Por tanto, deben disfrutarse en días hábiles, asegurando que las personas trabajadoras dispongan realmente del tiempo necesario para cuidar, acompañar o gestionar la situación.
Una victoria sindical que corrige un abuso
Desde FeSMC-UGT llevamos años denunciando que el uso de “días naturales” era una maniobra empresarial para recortar derechos, al reducir el tiempo real disponible para la conciliación y el cuidado familiar.
La sentencia confirma de forma rotunda que esta práctica es contraria al sentido del Estatuto de los Trabajadores y a la Jurisprudencia más reciente del propio Supremo.
Este fallo supone:
- Garantizar más días reales de permiso para miles de personas trabajadoras del sector.
- Evitar interpretaciones restrictivas que recortaban los permisos.
- Reforzar el principio de que los permisos son para cuidar, no para perderlos cuando coinciden en fines de semana o festivos.
En FeSMC-UGT seguimos avanzando
La sentencia es un aval a la lucha sindical para blindar derechos básicos del sector. FeSMC-UGT seguirá trabajando para que esta doctrina se aplique en todas las empresas del Contact Center y para garantizar que ningún trabajador o trabajadora vea recortados sus permisos retribuidos.
Esta sentencia resulta también aplicable a convenios colectivos de otros sectores y/o empresas (Convenio colectivo estatal de Seguridad Privada, Convenio colectivo del Grupo RACE), en los que se acordó estar a resultas de la sentencia firme que se dictara en el sector de contact center.
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