La nueva norma incorpora medidas extraordinarias para proteger el empleo, garantizar prestaciones sociales y reforzar la seguridad jurídica de las personas trabajadoras y las empresas afectadas por las emergencias derivadas de los incendios forestales.
Se publica el Real Decreto-ley 20/2026, de 29 de julio, mediante el que establece un conjunto de medidas urgentes de protección laboral, social, notarial y registral para responder a las graves consecuencias que los incendios forestales están provocando en numerosos territorios.
La norma tiene como objetivo garantizar que ninguna persona trabajadora vea comprometidos sus derechos laborales como consecuencia de las medidas de protección civil adoptadas ante estas emergencias, como evacuaciones, confinamientos, restricciones de acceso o cualquier otra limitación que impida el desarrollo normal de la actividad laboral. Estas medidas permanecerán vigentes hasta la finalización de la campaña de alto riesgo de incendios forestales de 2026.
Entre las principales novedades, destaca la creación de una Prestación Extraordinaria por Emergencia Extrema, que permitirá a las personas trabajadoras suspender temporalmente su contrato cuando la situación de emergencia les impida acudir a su puesto de trabajo, acceder a su vivienda, atender necesidades esenciales o prestar cuidados a familiares o convivientes afectados. Asimismo, la norma garantiza el derecho a reincorporarse al puesto de trabajo una vez desaparezcan las causas que motivaron la suspensión y declara nulas las represalias o decisiones empresariales adoptadas como consecuencia del ejercicio de estos derechos.
El real decreto-ley también incorpora importantes medidas de protección social. Las empresas podrán solicitar exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social cuando recurran a expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) motivados por los incendios, mientras que las personas trabajadoras autónomas podrán acceder a la prestación por cese de actividad sin necesidad de acreditar los requisitos mínimos habituales.
En el ámbito de los derechos laborales, la norma amplía igualmente el permiso por fallecimiento de familiares afectados por estos sucesos, que comprenderá desde el hecho causante hasta los cinco días hábiles siguientes al sepelio. Además, se suspenden de forma extraordinaria determinados plazos procesales en los partidos judiciales afectados, se posibilita la suspensión excepcional de actuaciones judiciales cuando concurran circunstancias justificadas y se establece asesoramiento notarial gratuito para las personas damnificadas.



