La publicación en el diario oficial, reservada para fallos de alto impacto, ratifica el éxito del recurso de casación de UGT y sienta un precedente de obligado cumplimiento sobre la prevalencia del Convenio Estatal.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha dado máxima relevancia jurídica a la última victoria del Sector de Seguridad Privada y Servicios Auxiliares de FeSMC-UGT. En una resolución de la Dirección General de Trabajo, se ordena la publicación de la sentencia n.º 1281/2025 del Tribunal Supremo, que declara la nulidad de las tablas salariales de Alcor Seguridad, SL correspondientes a 2021.
Este movimiento no es un trámite ordinario. La aparición de un fallo judicial de la Sala de lo Social en el BOE responde a la necesidad de blindar la seguridad jurídica y garantizar que la doctrina establecida por el Alto Tribunal llegue a todos los rincones del sector laboral.
¿Por qué el BOE publica esta sentencia?
La inclusión de esta resolución en el diario oficial se debe a cuatro razones críticas que subrayan la magnitud de la derrota empresarial y el éxito sindical:
- Unificación de Doctrina: El Supremo ha zanjado definitivamente el debate sobre la adaptación de los convenios de empresa a la Reforma Laboral. Al publicarse, se convierte en la norma interpretativa general que deben seguir todos los jueces y tribunales inferiores.
- Efectos Erga Omnes: Al anularse unas tablas salariales de un convenio colectivo, la publicidad oficial es obligatoria para que la nulidad sea efectiva para todos las personas trabajadoras y la empresa, garantizando su cumplimiento inmediato.
- Seguridad Jurídica: El fallo aclara que el antiguo principio de «el primero en el tiempo es el primero en el Derecho» (prior in tempore) ya no es válido frente a la obligación de adaptar los salarios al Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad.
- Interés Social General: La sentencia afecta a la columna vertebral de la negociación colectiva en España, evitando que las empresas utilicen convenios propios para pagar menos de lo que marca el sector a nivel nacional.
El fin de la resistencia de Alcor Seguridad
El conflicto se remonta a la negativa de Alcor Seguridad de ajustar sus tablas salariales de 2021 a los incrementos pactados en el convenio estatal, tal y como exigía el Real Decreto-ley 32/2021. Tras una primera sentencia de la Audiencia Nacional que no fue favorable a las tesis sindicales, UGT elevó la batalla al Tribunal Supremo vía recurso de casación.
Ahora, el Supremo da la razón al sindicato de forma contundente: las tablas de Alcor son nulas por no adaptarse al marco estatal.
«La publicación en el BOE es la prueba definitiva de que hemos ganado una batalla que trasciende a una sola empresa. Es una advertencia oficial a todo el sector de la seguridad: la precariedad salarial a través de convenios de empresa ya no tiene encaje legal».
Impacto para las personas trabajadoras
Gracias a esta publicación oficial, el criterio es ahora de conocimiento público y obligatorio. Los trabajadores y las trabajadoras de Alcor Seguridad ven reconocido su derecho a percibir las retribuciones fijadas en el Convenio Estatal, cerrando la puerta a interpretaciones contradictorias y asegurando que las diferencias salariales pendientes puedan ser reclamadas con el respaldo del máximo órgano judicial del país.



