Tras el preacuerdo alcanzado en la reunión de mayo, del que ya os informamos, y una vez terminado el proceso de redacción del texto, quedó firmado el IX Convenio Colectivo del sector y se procedió a darle entrada en el REGCON (Registro y Depósito de Convenio Colectivos) del Ministerio de Trabajo y Economía Social, para su homologación. Este organismo suele tardar en tramitar los convenios en un plazo variable, comprendido entre 3 semanas y dos meses, tras lo cual, lo envía al BOE para su publicación. Consideramos, por tanto, que su entrada en vigor se producirá, como muy tarde, durante en el mes de agosto.
El nuevo Convenio Colectivo, del que a continuación os recordamos los principales puntos acordados, comenzará su vigencia al día siguiente de su publicación el BOE y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Incrementos salariales de un 4% de las tablas actuales para el año 2024, un 3% para el 2025 y otro 3% para el 2026. Además, se establece una cláusula de revisión salarial del 1% aplicable el 1 de enero del año siguiente, si el IPC de cada año de vigencia excediera de esos porcentajes. Las tablas salariales de 2024 serán de aplicación, con efectos retroactivos, desde el 1 de enero de 2024.
- La compensación por gastos de locomoción en vehículo propio se eleva a 0,26 €/Km.
- Las dietas se elevan a 15 € sin pernoctación y a 28 € con pernoctación.
- Disminución de la jornada anual a un máximo de 780 horas efectivas.
- Se establece como obligatorio el disfrute de 2 meses consecutivos de jornada continuada en verano.
- Se crea un nuevo Grupo Profesional de ‘Profesionales de Servicios Técnicos‘ de carácter obligatorio para aquellas empresas de 50 o más personas trabajadoras.
- Se regula la promoción automática del subgrupo (antes categoría) de Auxiliares Administrativos a Oficiales de Segunda que podrá producirse tras 4 años de permanencia en el subgrupo de Auxiliares.
- Se clarifican y definen con mayor precisión las tareas propias de cada subgrupo (antes categoría).
- Se incrementa a 40 horas anuales la formación que las personas trabajadoras tienen derecho a recibir en horario dentro de su jornada laboral. Se limita a 2 años la acumulación de estas horas anuales. La regulación de los contratos formativos se actualiza a la nueva legislación vigente.
- En cuanto a los permisos retribuidos, se ha incorporado al texto del convenio colectivo la nueva redacción de los permisos conforme a los últimos cambios legislativos. Asimismo, el anterior permiso por «visitas médicas» pasa a denominarse «atención sanitaria». Se ha creado un nuevo permiso para pruebas diagnósticas o ambulatorias. Se ha aclarado que los permisos se iniciarán y computarán en días laborables, salvo que conste expresamente que son naturales.
- Se eleva a 20.000€ el importe de la indemnización extraordinaria del seguro de accidentes en caso de muerte e invalidez.
- Se establece el derecho a la Representación Legal de las Personas trabajadoras de informar a través de los portales del personal o intranets en aquellas empresas que dispongan de ellos. Se elimina la limitación en la acumulación de créditos horarios que ostenta la representación legal de las personas trabajadoras.
- Se da nueva redacción y tratamiento a las obligaciones en materia de Igualdad, en especial sobre los Planes de Igualad.
- Se regula la modalidad de Teletrabajo, se determina la dotación mínima de medios y herramientas y se establece una compensación por gastos de 1,00 €/día de trabajo en esa modalidad. Asimismo, se regula el derecho a la Desconexión Digital.
TABLAS SALARIALES | 2024 | 2025 (+3%) | 2026 (3%) |
GRUPO I | |||
Titulado Superior. | 24.846,85 | 25.592,25 | 26.360,02 |
Titulado Medio. | 23.423,44 | 24.126,14 | 24.849,93 |
GRUPOS II y III | |||
Coordinador/Jefe Admvo./ Jefe Técnico. | 20.457,75 | 21.071,48 | 21.703,62 |
Oficial 1.ª / Técnico Senior. | 18.955,19 | 19.523,84 | 20.109,56 |
Oficial 2.ª / Técnico Junior. | 17.320,74 | 17.840,36 | 18.375,58 |
Auxiliar Admvo./Ayudante Técnico. | 15.876,00 | 16.352,28 | 16.842,85 |
GRUPO IV | |||
Ordenanza. | 15.876,00 | 16.352,28 | 16.842,85 |
P. Limpieza. | 15.876,00 | 16.352,28 | 16.842,85 |
Desde UGT y CCOO creemos que debemos felicitarnos por haber conseguido tener un nuevo Convenio Colectivo, con avances significativos desde el anterior, tras un larguísimo periodo de negociación y no pocos obstáculos por el camino. Desde UGT esperamos seguir mejorando las condiciones de este convenio y contar con vuestro apoyo y complicidad. Afíliate y preséntate en las elecciones sindicales de tu centro de trabajo.
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