Imagen de Freepick

El periodo estival, sólo es el verano.

UGT GANA en el Tribunal Supremo El Tribunal Supremo ha confirmado tras demanda de UGT en solitario que define el periodo estival es el verano astronómico, (en 2025, de 21 junio al 22 de septiembre).

Es ilegal, por tanto que la empresa imponga plazos del tipo: “de 1 de junio al 30 de septiembre”… imaginad que te hacen disfrutar del derecho a las dos semanas de vacaciones del verano del 1 de junio al 14 de junio. Esta práctica que algunas empresas realizan, es inaceptable. La Sentencia del Supremo, en virtud de un acuerdo conseguido por UGT es aplicable de manera automática a todo el sector. 

La Patronal que tenemos definió en el Juzgado que el periodo estival era del 1 de junio al 30 de septiembre, de ahí lo importante de que UGT haya ganado en la Audiencia Nacional y, ahora esta confirmación del Tribunal Supremo.

Dos apuntes:

– Los sindicatos, pueden pactar plazos mayores o más cortos para definir el periodo estival. O acomodarlo a que empiece el lunes. Lo que no puede hacer la empresa, es definir los que les convengan.

– El periodo estival, no empieza siempre exactamente en las mismas fechas de junio, pueden variar uno o dos días y, por tanto.  

Felicitamos al equipo jurídico de UGT por su magnífica labor. 

“El peor enemigo de un pobre es otro pobre que se cree rico y defiende a los que los hacen pobres a ambos.” Pepe Mujica

Seguiremos informando

Desde FeSMC-UGT necesitamos contar con el apoyo de las personas que trabajáis en el sector. Os animamos a celebrar elecciones.

¡JUNTOS PODEMOS!   Afíliate.

¿Cómo puedes afiliarte? ¿Qué ventajas supone afiliarse a UGT? Pinchando ⇒ AQUÍ, tienes más información sobre las cuotas, ventajas y beneficios de estar afiliado.   Pinchando AQUÍpuedes descargarte la ficha de afiliación.

¡¡ÚNETE a UGT!!

VUESTRA FUERZA ES NUESTRA FUERZA