Como recordaréis, el texto del Convenio se firmó el pasado jueves 13 de abril. Y como es preceptivo, unos días después, el lunes 18, toda la documentación necesaria se registró en el REGCON (Registro de Convenios del Ministerio de Trabajo) para  su depósito y tramitación.

Los acuerdos registrados pasan, luego, por un proceso administrativo de duración variable, y son tramitados por riguroso orden de llegada.  No olvidemos que este es un tema puramente administrativo, y que los tiempos del Ministerio de Trabajo no dependen ya de los firmantes, sino de la histórica escasez de recursos humanos de la que adolecen las administraciones  públicas, la excesiva y lenta burocracia, y del “atasco crónico” que sufre este organismo.

Aproximadamente, unos dos meses después, este organismo suele contestar a las partes firmantes, indicando si considera necesario que se proceda a hacer alguna corrección al texto registrado, para que en 10 días hábiles se proceda a subsanarlo. En la casi totalidad de los convenios que se registran, el Ministerio requiere la obligación de hacer alguna corrección o pone alguna pega. De forma que, mientras no se le subsanen adecuadamente todos esos temas, este organismo no procede a aprobar el convenio definitivamente y enviarlo al BOE.

Esta contestación para el XVIII Convenio se produjo ya la semana pasada, y el REGCON nos ha hecho llegar 8 subsanaciones que tenemos que realizar. Todas son relativas a adaptaciones a normativas y legislaciones nuevas, o aclaraciones de texto. Y no hay ninguna pega relativa a los temas pactados ni sobre el contenido de los acuerdos alcanzados.

Ahora, las partes disponemos de 10 días hábiles para contestar al requerimiento y enviar las correspondientes subsanaciones. Hoy lunes 26, se ha elaborado ya un borrador de Acta, a este propósito, que se firmará a la mayor brevedad y se enviará al REGCON.

Sólo queda esperar a que este organismo nos conteste, aceptando los cambios, o proponiendo algún matiz, lo cual suele hacer aproximadamente en una semana, semana y media. En el caso de que acepte los cambios, el Ministerio emitirá entonces el Decreto de aprobación del Convenio, y lo enviará para su publicación al BOE, que suele tardar unos 10 días más en realizarlo. Obviamente, estos plazos son aproximados, y como ya hemos dicho, no dependen ya de los firmantes.

Por todo esto, esperamos que, a mediados / finales de Julio, como muy tarde, el XVIII Convenio esté publicado en el BOE y que pueda aplicarse ya en las nóminas de Julio.

En próximos comunicados os iremos haciendo una explicación detallada de las modificaciones que ha incorporado el nuevo convenio, como son la nueva clasificación profesional, el tratamiento de los permisos, la modificación del artículo de los contratos fijos discontinuos en el Sector de Investigación de mercado, etc.