La Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FeSMC-UGT) y el Sector de Carreteras, Urbanos y Logística de la citada federación valoran positivamente la firma y presentación conjunta de la Solicitud de Iniciación de Procedimiento para el establecimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación del personal conductor de transporte de mercancías por carretera por cuenta ajena, en breve quedará registrada ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, al amparo del artículo 206 del TRLGSS y del Real Decreto 402/2025.

La solicitud se presenta junto a CCOO y a la principal organización empresarial del sector (CETM), cumpliendo los requisitos de legitimación y el procedimiento técnico previstos en la norma, cumpliendo con lo establecido en el SIMA del mes de noviembre de 2024.

La justicia social, largamente postergada, ya es imparable. Con la publicación de la Comisión de Evaluación en el BOE del 16 de octubre de 2025, la hoja de ruta que UGT lleva trazando durante dos décadas se ha blindado definitivamente. La constitución de este órgano, fundamental para la aplicación del Real Decreto 402/2025, pone fin a años de escepticismo e indiferencia. No hay marcha atrás. El procedimiento para el reconocimiento de los Coeficientes Reductores sigue su curso legal, certificando que la reivindicación histórica de la dignidad y seguridad de los profesionales del transporte ya es una realidad administrativa que el Estado no puede eludir. ¡Es un triunfo de la persistencia de UGT!

Más de veinte años de lucha sindical que ponen la salud por delante

UGT subraya que esta demanda no nace hoy: llevamos más de dos décadas reclamando el reconocimiento de la penosidad, peligrosidad e insalubridad estructurales del trabajo de conducción profesional, situando la salud y la vida de las personas trabajadoras por delante de cualquier otro interés. La firma de hoy no es un punto final, sino el paso decisivo para que la Administración abra el expediente y evalúe, con base técnico-actuarial, la procedencia de los coeficientes reductores que permitan adelantar la edad de jubilación en un sector con altos índices de morbilidad y siniestralidad.

¿Por qué esta firma es tan importante?

Reconoce oficialmente el inicio del procedimiento específico que exige el RD 402/2025, dejando atrás declaraciones genéricas y situando el tema en la vía administrativa correcta.

Aporta evidencia sectorial: identifica la actividad CNAE 4941 (Transporte de mercancías por carretera) y el grupo ocupacional CNO 8432 (conductores asalariados de camiones), y enmarca las funciones conforme al II Acuerdo General del sector, lo que delimita con precisión el colectivo beneficiario.

Prioriza la salud laboral: los datos oficiales y estudios recogidos en la solicitud muestran tasas elevadas de accidentes —incluidos graves y mortales—, mayor duración de bajas y agravamiento de riesgos con la edad, elementos centrales que justifican medidas compensatorias como los coeficientes reductores.

Coherencia preventiva: esta iniciativa es complementaria a los acuerdos y protocolos de PRL vigentes en el sector —como los de detección y prevención de alcohol y drogas— que persiguen reducir riesgos sin invadir derechos, con garantías de intimidad y control sindical.

Valoración de UGT

“La firma conjunta de hoy abre la puerta a un reconocimiento histórico: que la penosidad y el desgaste del trabajo al volante no se paguen con años de vida. Llevamos más de 20 años peleando por esto y vamos a estar en cada fase del expediente para que la Seguridad Social traduzca la evidencia en derechos.”

Próximos pasos

1. Admisión e inicio formal del procedimiento por parte de la DGOSS, conforme al RD 402/2025.

2. Evaluación técnico-actuarial de las condiciones de penosidad, peligrosidad e insalubridad y de los indicadores de morbilidad y siniestralidad del colectivo.

3. Determinación de los coeficientes y su alcance sobre la edad de jubilación y cotizaciones.

4. Seguimiento sindical permanente y diálogo social para garantizar una implantación rápida y eficaz.

UGT llama a la unidad del conjunto del sector y a la responsabilidad de las Administraciones para acelerar los plazos. La evidencia presentada (actividad CNAE 4941, CNO 8432, funciones y datos de riesgos) avala la medida y la hace inaplazable para proteger la salud y la dignidad profesional de quienes sostienen la cadena logística del país.