El Sector Aéreo de FeSMC-UGT considera necesaria la aprobación de los coeficientes reductores para un colectivo especialmente castigado en los aeropuertos por las diferentes condiciones que sufren en el desempeño de su labor

El Sector Aéreo de FeSMC-UGT ha registrado, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, solicitud de inicio del procedimiento para establecer coeficientes reductores para el anticipo de la edad de jubilación del colectivo Agentes de Servicios Auxiliares en el Sector de Handling, en base a lo estipulado en Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo.

Dicho colectivo, cuya definición de funciones se explicita en el artículo 18.3 del V Convenio Colectivo del Sector de Handling y en otros convenios de empresa del sector, sufre constantemente la exposición a condiciones de penosidad, peligrosidad, insalubridad y toxicidad, referenciando la correlación objetiva de estas condiciones con elevados índices de morbilidad y siniestralidad.

Los Agentes de Servicios Auxiliares acusan índices elevados de morbilidad, sufriendo, en muchas ocasiones secuelas físicas musculoesqueléticas con lesiones crónicas, que muestran un mayor impacto cuando se trata de personas trabajadoras de edad avanzada.

El Sector Aéreo de FeSMC-UGT justifica, en el escrito presentado, la relación directa de exposiciones mantenidas a factores de riesgo propios de la actividad aeroportuaria, que consideran estructurales y cuya eliminación resulta técnicamente imposible por tratarse de riesgos inherentes a la actividad.

Las condiciones laborales propias del colectivo implican una exposición a diversos factores de riesgo como manipulación de cargas continuadas, trabajos a la intemperie, turnicidad, exposición a agentes químicos, tóxicos y cancerígenos, agentes físicos y peligrosidad, entre otros.

El trabajo diario y la exposición repetida a estas condiciones constituyen un riesgo directo para la salud de las personas trabajadoras, que al ser acumulativo y progresivo, favorece su cronificación.

Además, la solicitud se apoya en datos estadísticos ofrecidos por el INSS, en los que se identifica la evolución creciente de los procesos de Incapacidad Temporal en las principales empresas del sector, y que se pueden relacionar con el análisis de la coyuntura sectorial del mercado aéreo español, todo ello a efectos de contextualizar el incremento de actividad en el ámbito aeroportuario.

Cabe recordar que ASEATA fue invitada el pasado 3 de septiembre a participar en la preparación y presentación conjunta de iniciación del procedimiento, pero lamentablemente no obtuvimos respuesta positiva. Entendemos, por su decisión, que no creen oportuno apoyar tal petición en favor de los trabajadores y las trabajadoras de este castigado sector.

Es una decisión incomprensible y que esperemos no influya en la decisión final del expediente.

Debemos seguir avanzando en este proceso y ha de favorecerse la justificación que permita la jubilación anticipada del colectivo mediante la aplicación de coeficientes reductores.

El Sector Aéreo de FeSMC-UGT sigue trabajando en la presentación de una nueva solicitud para los colectivos administrativo, coordinación y mantenimiento de aeronaves.