La Audiencia Nacional elimina la limitación de los 10 días para disfrutar del permiso por cuidado de familiares y convivientes.
La Audiencia Nacional ha estimado íntegramente la demanda presentada por UGT, en solitario (y que otros al tener conocimiento replicaron) declarando nula la limitación del Convenio Colectivo de Contact Center que obligaba a disfrutar el permiso retribuido por cuidado de familiares o convivientes dentro de los diez días siguientes al hecho causante.
Con esta importante sentencia, los cinco días de permiso retribuido podrán disfrutarse de forma flexible, adaptándose a las necesidades reales de cuidado del familiar o conviviente, conforme a la legislación y a la doctrina judicial más reciente.
Además, al tratarse de una sentencia de impugnación de convenio colectivo, su cumplimiento es inmediato, aunque todavía no sea firme. Por ello, las empresas deberán aplicar este criterio desde este momento.
Esta resolución supone un nuevo avance para las personas trabajadoras del sector y demuestra, una vez más, que la acción sindical de UGT consigue resultados concretos que mejoran los derechos laborales.
Desde UGT felicitamos a todas las trabajadoras y trabajadores del Contact Center y agradecemos el excelente trabajo realizado por los Servicios Jurídicos de FeSMC-UGT, cuya labor ha hecho posible esta importante conquista.
UGT sigue defendiendo y ampliando derechos.
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