El sindicato advierte que la UTE propuesta para el servicio de vigilancia de dependencias municipales carecía del plan de igualdad registrado en el REGCON al finalizar el plazo de presentación de ofertas, lo que podría constituir un delito de falsedad documental.

El sector de seguridad privada y servicios auxiliares de FeSMC-UGT de Madrid junto al sector estatal han dado un paso al frente en la defensa de los derechos laborales y la igualdad de género en la contratación pública remitiendo un escrito formal a la Junta de Contratación del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz denunciando posibles irregularidades en el concurso para el «Servicio de vigilancia y control de accesos a edificios y dependencias municipales».

El contrato, que cuenta con un presupuesto de licitación de 532.871,57 € (sin IVA), está bajo la lupa sindical por no ajustarse a los parámetros obligatorios de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP).

Incumplimiento de la legalidad vigente y sospecha de falsedad

Desde FeSMC-UGT se ha constatado que la empresa propuesta para la adjudicación, NEW MAN CASACA UTE, carecía de un Plan de Igualdad registrado y depositado en el REGCON (Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad) a fecha del cierre de presentación de ofertas, el pasado 8 de abril de 2026.

El sindicato recuerda que disponer de este documento no es solo un imperativo legal recogido en el artículo 71.1.d de la LCSP para empresas con determinadas plantillas, sino que además está explícitamente tipificado como obligatorio en el artículo 8 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad (2026-2030).

«La firma de la declaración responsable incluida en los pliegos afirmando poseer un plan de igualdad, cuando en realidad se carece de él, podría incurrir en un grave delito de falsedad documental», advierte la organización sindical.

Jurisprudencia a favor de la exclusión

Para sostener su reclamación, la representación de las personas trabajadoras se apoya en la doctrina del Tribunal Administrativo de Contratación Pública (TACP). En concreto, las resoluciones nº 333/2023 y nº 343/2023 de dicho tribunal dejan claro que la justificación de disponer de este plan se verifica obligatoriamente mediante su inscripción en el REGCON y que falsear la declaración responsable es causa directa de prohibición para contratar con la Administración Pública.

Una contratación pública con rostro social

FeSMC-UGT incide en que la Ley de Contratos del Sector Público obliga a las administraciones a velar por la inclusión de garantías sociales y laborales. El sindicato recuerda a la Mesa de Contratación que el artículo 145 de la normativa vigente permite y promueve ponderar criterios de adjudicación basados en características sociales, tales como la estabilidad en el empleo, la mejora de las condiciones salariales, la conciliación familiar y, de manera prioritaria, la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

Por todo ello, FeSMC-UGT ha instado formalmente al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz a que actúe en consecuencia, requiera de inmediato la documentación oportuna y proceda a la subsanación o exclusión de la oferta conforme a las prohibiciones de contratar vigentes. El sindicato avisa de que se mantendrá vigilante para evitar que el dinero público vaya a parar a empresas que precarizan el empleo o que ignoran los derechos de igualdad en el ámbito laboral.