La sentencia de la Audiencia Nacional nº 49/2026, de fecha 16/03/2026, ha estimado parcialmente la demanda de UGT, condenando a la empresa “ARRIAGA ASOCIADOS ASESORAMIENTO JURÍDICO Y ECONÓMICO, S.L.” a actualizar el salario base de toda su plantilla con los incrementos salariales acordados en el Convenio colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid para los años 2022 a 2024, así como a regularizar el complemento personal de antigüedad y el importe de las pagas extraordinarias.

También condena a la empresa a abonar los atrasos que se correspondan con las cantidades resultantes de tales incrementos, sin que puedan ser objeto de absorción y compensación.

La sentencia establece con claridad que:

  • Durante los años 2022 a 2024, en los que resultaba de aplicación el Convenio colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid para los años 2022-2024, la empresa no podía compensar ni absorber las subidas salariales establecidas en dicho convenio, al no existir cantidades abonadas previamente “a cuenta”.
  • Como consecuencia, deberá abonar los incrementos y los atrasos correspondientes a toda la plantilla.
  • Solo a partir de 2025 (en que es de aplicación el Convenio colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid para los años 2025-2026), y bajo condiciones muy concretas, podría operar la absorción y compensación para aquellas personas trabajadoras que vinieran percibiendo cantidades a título de subida a cuenta del convenio.

Desde UGT valoramos muy positivamente esta sentencia, porque:

  • Garantiza que las subidas salariales del Convenio colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid lleguen realmente a todas las personas trabajadoras.
  • Refuerza la negociación colectiva como instrumento esencial de mejora de condiciones laborales.

UGT velará activamente por el cumplimiento íntegro de esta sentencia y pondrá sus servicios jurídicos a disposición de todas las personas trabajadoras afectadas, con el objetivo de asegurar el cobro de los atrasos y la correcta aplicación de los incrementos salariales reconocidos.