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Intelcia nos convocó a una negociación para tratar la el procedimiento de llamamiento de las personas con contrato fijo-discontinuos, posiblemente –aunque no lo reconocerán-, debido a una denuncia interpuesta ante la Inspección de Trabajo.

Este tipo de contratos, por ser especialmente precarios, están limitados en el Convenio Colectivo que firmó UGT, junto con los de ETT y de circunstancias de la producción.

La empresa había hecho firmar a cada una de las personas trabajadoras preavisos de tan solo 48 horas para comenzar la actividad. Durante la negociación, UGT consiguió que la empresa anulase ese plazo de preaviso por ilegal, aportando una Sentencia del Tribunal Supremo, también ganada por UGT.

El resultado de la negociación, fue falta de acuerdo.

Finalmente, Intelcia ha decidido imponer sus criterios sin acordarlos y, desde UGT, entendemos que tal imposición es ilegal y, por tanto, nula, y por eso hemos demandado a Intelcia. Entendemos que el criterio de productividad, que es el que ha elegido la empresa, es poco transparente y empeora el conseguido en convenio, donde lo que más pondera es la antigüedad. En breve os trasladaremos el resultado de la mediación previa a la demanda.


“El peor enemigo de un pobre es otro pobre que se cree rico y defiende a los que los hacen pobres a ambos.” Pepe Mujica

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