Como recordaréis, la empresa Marktel en otro nuevo intento de desvalijar su personal, decidió que si te cogías una semana de lunes a domingo de vacaciones (siete días), y el lunes era fiesta, ellos computaban ocho días. Lo mismo si te coges el 24 de diciembre, como el 25 es festivo, pues… te computan dos días. Vamos, que Marktel hurta días de vacaciones.
Este robo y aberración jurídica fue demandada por UGT ante la Audiencia Nacional. CSIF (el sindicato que parece a sueldo de la empresa), citado en legal forma, no acudió al juicio (cosa que ocurre cada vez que hay un juicio contra la empresa). Eso sí, para firmar cualquier latrocinio a las personas trabajadoras, aparecen a toque de corneta. Están para lo que están.
La Audiencia Nacional ha dicho que la práctica que realiza Marktel es ilegal, que no pueden mangar días de vacaciones a la plantilla, pero es que además ha condenado a Marktel a pagar 1.000 € de multa porque han alegado la excepción de caducidad, de forma completamente gratuita, cuando se está ejercitando una acción que es manifiesto que no está sujeta a plazo de caducidad, y, por otro lado, no se ha aportado argumento alguno de fondo que avale el proceder empresarial, máxime cuando la cuestión ya estaba resuelta por la Comisión Paritaria del Convenio en su reunión de 13-11-2.024. Traducción al lenguaje “normal”, la Audiencia Nacional les han llamado: ineptos, desvergonzados, holgazanes y apañadores (y UGT piensa igual).
¿Recurrirán al Supremo? ¿Querrán seguir afanando? Os lo contaremos.