El nuevo IX Convenio colectivo estatal de gestorías administrativas, se ha publicado el 30/08/2024 en el Boletín Oficial del Estado número 210 con el número de inscripción 17575 con lo que, a todos los efectos, desde el 31/08/2024 es ya de plena aplicación, sustituyendo al anterior.


En el siguiente enlace se puede ver el nuevo Convenio publicado en el BOE por si os lo queréis descargar (pincha en el enlace):
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IX Convenio colectivo estatal de gestorías administrativas.
El nuevo Convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, y las tablas salariales para 2024 aplican, con efectos retroactivos, desde el 1 de enero de 2024.

A continuación os recordamos los principales contenidos del convenio:
Incrementos salariales: un 4% para el año 2024, un 3% para el 2025 y otro 3% para el 2026. Además, se establece una cláusula de revisión salarial de un 1% adicional, aplicable el 1 de enero del año siguiente, si el IPC de cada año de vigencia excediera de esos porcentajes iniciales aplicados.
● La compensación por gastos de locomoción en vehículo propio se eleva a 0,26 €/Km.
● Las dietas se elevan a 15 € sin pernoctación y a 28 € con pernoctación.
● Disminución de la jornada anual a un máximo de 1.780 horas anuales efectivas.
● Se establece como obligatorio el disfrute de 2 meses consecutivos de jornada continuada en verano.
● Se crea un nuevo Grupo Profesional de ‘Profesionales de Servicios Técnicos’ de carácter obligatorio para aquellas empresas de 50 o más personas trabajadoras.
● Se regula la promoción automática del subgrupo (antes categoría) de Auxiliares Administrativos a Oficiales de Segunda que podrá producirse tras 4 años de permanencia en el subgrupo de Auxiliares.
● Se eleva a 20.000 € el importe de la indemnización extraordinaria del seguro de accidentes en caso de muerte e invalidez.
● Se regula la modalidad de Teletrabajo, incluyendo la dotación mínima de medios y herramientas, y se establece una compensación por gastos de 1,00 €/día de trabajo en esa modalidad. Asimismo, se regula el derecho a la Desconexión Digital.
● En cuanto a los permisos retribuidos, se ha incorporado al texto del convenio colectivo la nueva redacción de los permisos conforme a los últimos cambios legislativos. Asimismo, el anterior permiso por «visitas médicas» pasa a denominarse «atención sanitaria». Se ha creado un nuevo permiso para pruebas diagnósticas o ambulatorias. Se ha aclarado que los permisos se iniciarán y computarán en días laborables, salvo que conste expresamente que son naturales.

En UGT nos congratulamos de que los trabajadores y las trabajadoras del Sector, gracias al nuevo Convenio, mantengáis vuestro poder adquisitivo y avancéis en derechos.