Hoy 17 de marzo hemos celebrado reunión de la Mesa Negociadora del Convenio de los Servicios de Prevención Ajenos (SPA), en la que todas las organizaciones presentes hemos alcanzado un acuerdo para firmar el III Convenio Colectivo Nacional de los Servicios de Prevención Ajenos.

Desde UGT fuimos muy claros señalando a las patronales la importancia que tenía trasladar a la mayor brevedad el preacuerdo salarial acordado en el SIMA al texto del nuevo Convenio Colectivo y que las personas trabajadoras empezaran a cobrar los atrasos correspondientes y tuvieran sus nóminas actualizadas.

Por eso, desde UGT nos alegremos de haber alcanzado este acuerdo sin más dilación y que podamos en paralelo estudiar o “negociar” los aspectos que tenemos pendientes en el ámbito del Observatorio Sectorial, con mayor reposo. Os recordamos a grandes rasgos lo que esto supone:

  • Retribuciones:

– 2021: 1,5%, con efectos retroactivos del 1/1/2021, sin compensación ni absorción.

– 2022: 2,5%, con efectos retroactivos del 1/1/2022, sin compensación ni absorción.

– 2023: 2,5%, con efectos retroactivos del 1/1/2023, con un máximo del 0,1% de absorción.

– 2024: 2,5%, con efectos del 1/1/2024, con un máximo del 0,2% de absorción.

– Revisión adicional: +0,5% en tablas con efectos del 1/1/2025.

Estos incrementos pactados suponen:

– Junto con la actualización pactada en su día mediante acuerdo parcial para 2019 (1%) y 2020 (0,8%), un incremento total acumulado 2019-2024 del 11,28%, no dejándose de revisar los salarios ni un solo año a pesar de estar ya situados en 2023.

– Atrasos de 2021 del 1,5% y de 2022 del 4,04%, respecto a los salarios de convenio abonados en dichos ejercicios.

– Una revalorización acumulada desde el 1/1/2023 del 6,63% sobre las tablas actuales. – Un incremento total acumulado 2021-2024 del 9,3%, del que solo sería absorbible un máximo del 0,3%

  • Kilometraje: Incremento cuantía mínima a 0,24€/km desde 1/2/2023.
  • Jornada máxima anual: Se reducirá a 1.705 horas (actualmente 1.710).
  • Permisos: Para los permisos retribuidos cuando la situación que los origina (hecho causante) suceda en día no laborable para la persona trabajadora, éstos comenzarán el primer día laborable siguiente.

Ahora, pasamos a la fase de redacción definitiva del Convenio para que la podamos enviar a registrar y su posterior publicación en el BOE.