Comienzan los trabajos del grupo de Penosidad de ADIF

Como premisa fundamental se ha determinado que el CGE sea el órgano que transmita al Ministerio de Empleo y Seguridad Social el resultado de nuestros trabajos, ya que es el único organismo competente en estamateria.

Ayer se ha celebrado la primera reunión del grupo de trabajo de  penosidad en ADIF, en la que se ha fijado un esquema de procedimiento de actuación  basado en el RD/1698/2011. Como premisa fundamental se ha determinado que el CGE sea el órgano que transmita al Ministerio de Empleo y Seguridad Social el resultado de nuestros trabajos, ya que es el único organismo competente en estamateria.

Tras una somera lectura del procedimiento, hemos expresado la necesidad de incluir otros aspectos  que mejoren dicho esquema, destacando entre otros:

  • Partir de los trabajos elaborados anteriormente pero siendo revisados, actualizados y corregidos conservando los conceptos de categoría profesional y tipo deriesgos.

  • Incluir la noción de enfermedad ligada al trabajo como elemento a desarrollar en los trabajos.

  • Considerar los efectos de la edad de laplantilla.

  • Tener en cuenta las consecuencias de las diferentes sentencias judiciales emitidas después del cierre del último proceso de negociación sobre lapenosidad.

  • Incidencia de la consideración de los ‘No aptos’ en relación con las habilitaciones de Seguridad en lacirculación.

  • Prestar especial atención a los riesgos que condicionan la actividad de lostrabajadores/as.

  • Resaltar los efectos e importancia de la peligrosidad, toxicidad, factores psicosociales y los requerimientos físicos necesarios al puesto detrabajo.

La empresa también ha realizado entrega de un documento sobre los ‘Criterios para la delimitación y valoración de trabajos excepcionalmente penosos, peligrosos, insalubres o tóxicos’, que analizaremos enprofundidad.

En cualquier caso, hemos manifestado la necesidad de realizar acciones de coordinación para llegar a una posición sindical común y recabar de la empresa una serie de datos e información necesarios para conocer la situación real y llevar a cabo sus aportaciones, destacando los datos relativos a la estadística de la accidentalidad, datos sobre enfermedad profesional y enfermedad derivada del trabajo en la empresa, datos relativos a la invalidez y datos sobre la aptitud de los trabajadores derivados de los reconocimientos realizados por los Servicios Médicos.

Por último, hemos acordado la elaboración conjunta de un calendario que permita ajustar las siguientes reuniones para conseguir un trabajo positivo y eficaz.

En estrecha relación con lo anterior, desde UGT instamos a la empresa a convocar al CGE de manera urgente para aplicar la Sentencia del Tribunal Supremo en relación a la acumulación del tiempo de trabajo para el cómputo de la jubilación parcial, como ya indicamos expresamente en nuestro Comunicado 48de 11 de mayo. Además, exigimos que la admisión de solicitudes no se base en el orden de inscripción, sino en la conjunción de la edad y la antigüedad, así como la reducción de jornada del 75%, y el 25% de jornada trabajada.